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por en Legislación

¿Cómo se define un medicamento genérico?:

  1. Todo medicamento que tenga la misma composición cualitativa y cuantitativa en principios activos y la misma forma farmacéutica, y cuya bioequivalencia con el medicamento de referencia haya sido demostrada por estudios adecuados de biodisponibilidad.
  2. Todo medicamento que tenga el mismo nivel 5 de la clasificación anatómico-terapéutico- química de medicamentos de la Organización Mundial de la Salud e idéntica vía de administración que el medicamento designado como referencia para la elaboración del conjunto de referencia de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.
  3. Todo medicamento financiado por el Sistema Nacional de Salud que no pueda ser objeto de intercambio en la dispensación.
  4. Un medicamento destinado a un paciente individualizado, preparado por un farmacéutico o bajo su dirección, para cumplimentar expresamente una prescripción facultativa detallada de los principios activos que incluye.

Respuesta del ministerio: 1

210 preguntas

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